Miércoles 27 de noviembre de 2024
Aunque muchos esperan que los días 24 y 31 de diciembre sean asueto por las festividades de Navidad y Año Nuevo, el Código de Trabajo de El Salvador establece que, en realidad, son días laborables. Según este código, los trabajadores del país cuentan con 11 días de asueto remunerado durante el año, aunque esta cifra podría aumentar por disposiciones de la Asamblea Legislativa. Para el año 2024, solo queda un día de asueto remunerado: el miércoles 25 de diciembre.
El siguiente asueto remunerado corresponde al miércoles 1 de enero de 2025.
El artículo 192 del Código de Trabajo establece que los trabajadores que acuerden con sus empleadores trabajar en un día de asueto, recibirán un salario extraordinario, compuesto por su salario ordinario más un recargo del 100%.
Aunque el 24 y 31 de diciembre no son asuetos, muchos trabajadores del sector público disfrutan de vacaciones por “licencia”, mientras que algunas empresas privadas cierran operaciones hasta el mediodía para que sus colaboradores puedan pasar el resto del día con sus familias.
Según el artículo 190 del Código de Trabajo, los días de asueto remunerado para 2024 son los siguientes:
En el caso de las vacaciones agostinas, los trabajadores del sector privado del Distrito de San Salvador tienen derecho a asueto remunerado el 3 y 5 de agosto, mientras que el asueto nacional es el 6 de agosto.