Sábado 11 de enero de 2025
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que la jurisprudencia española que limita el plazo para reclamar los gastos hipotecarios es contraria al Derecho comunitario.
La sentencia, emitida a raíz de la consulta de la Audiencia Provincial de Barcelona sobre cuatro casos específicos, desafía la actual normativa que cuenta el periodo de prescripción desde el pago de los gastos, sin considerar si los usuarios conocen sus derechos y tienen el tiempo adecuado para recurrir.
La decisión del TJUE allana el camino para ampliar los plazos de prescripción, permitiendo a los clientes solicitar a los bancos la devolución de los gastos asociados a cláusulas hipotecarias abusivas.
La corte sostiene que los consumidores deben tener la oportunidad de conocer sus derechos antes de que comience el plazo de prescripción, garantizando así un tiempo suficiente para presentar un recurso.
La sentencia surge a raíz de cuatro casos en los que usuarios interpusieron demandas contra Caixabank, BBVA, Banco Santander y Banco Sabadell, buscando el reembolso de los gastos de notario, registro y gestión de una hipoteca.
En estos casos, los demandantes argumentaron que las cláusulas que les obligaron a asumir dichos costos eran abusivas y, por lo tanto, nulas.
Este fallo del TJUE tiene el potencial de impactar la legislación española relacionada con los plazos de prescripción en reclamaciones hipotecarias, reforzando la protección de los derechos de los consumidores frente a cláusulas consideradas abusivas.