Lunes 23 de diciembre de 2024
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid ha determinado que la muerte de un trabajador de la Residencia de Mayores Francisco de Vitoria de Alcalá de Henares, a causa del COVID-19 durante la primera ola de la pandemia, debe ser reconocida como un accidente laboral.
La sección número 1 de lo Social del TSJ ha emitido una sentencia que establece que la incapacidad temporal del trabajador, quien también era delegado sindical de CSIF, se debe a “contingencia profesional por accidente de trabajo”, con todas las implicaciones legales correspondientes.
Este empleado, que no desempeñaba labores sociosanitarias pero acudía diariamente al centro para actividades sindicales, contrajo el virus en la residencia y tomó baja médica el 16 de marzo de 2020 debido a su estado de salud, falleciendo el 29 de marzo del mismo año.
Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) había clasificado la baja como una enfermedad común, pero CSIF presentó una denuncia alegando que no se habían implementado las medidas adecuadas para prevenir la transmisión en la residencia.
La sentencia del tribunal destacó que durante marzo de 2020, las recomendaciones de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) se centraban en el lavado de manos y desaconsejaban el uso generalizado de mascarillas, y señaló que en la residencia no se realizaron pruebas de diagnóstico para aislar adecuadamente a residentes y trabajadores.
En respuesta a esta decisión, CSIF ha expresado su satisfacción por el fallo del TSJ de Madrid, que reconoce que la baja del trabajador hasta su fallecimiento fue producto de un accidente laboral y no de una enfermedad común.